Complejo Acuático Simón Bolívar quedará fuera de cualquier competición de clavados
10 de agosto de 2017
Bogotá y Colombia están en mora de repensar manejo de residuos ante caos de Relleno Doña Juana
15 de agosto de 2017
Bogotá no termina de reglamentar Código de Policía y en algunos aspectos atropella libertades individuales

Agosto 14  de 2017

Redacción política

Bogotá, D.C.

 

Ante las complejidades y problemáticas que presentan las 20 localidades del Distrito Capital, muchas de ellas, afectadas por el microtráfico y riñas, entre otras, la Ciudad requiere que esta Administración termine de reglamentar el nuevo Código de Policía y garantice a la ciudadanía el respecto a las libertades individuales, así lo advirtió el presidente del Partido Alianza Verde y Concejal de Bogotá, Antonio Sanguino.

La preocupación del Concejal Sanguino, está fundamentada en las dificultades que se han presentado en la aplicación del Código de Policía en Bogotá, al tiempo que alertó que de las 55 demandas contra esta norma fueron impetradas por ciudadanos y organismos especializados en la defensa de los derechos humanos, 13  han sido aceptadas por la Corte Constitucional para su estudio y pronunciamiento.

Sanguino saludo, que entre los fallos proferidos por la Corte Constitucional, se eliminó algunos aspectos fundamentales para la defensa de las libertades individuales de los ciudadanos. Entre ellos, los artículos que contemplaban el ingreso de La Policía, sin orden judicial previo, a las viviendas, regulado, ya que solo podrá ingresar, si antes, hay una revisión por parte de un Juez de la República.

De acuerdo con Sanguino, además, el nuevo Código de Policía, cohibía el derecho a la movilización y a la reunión, La Corte obligo al Gobierno Nacional a cambiar este artículo (28) y le dio un plazo máximo de dos años, de manera que sea garantizado el derecho a la reunión. “Una decisión que se toma al considerar que la regulación de ese derecho no puede modificarse por medio de una Ley ordinaria y gana el ciudadano de a pie, que estaría expuso a la vulneración de sus derechos fundamentales”, puntualizó.

“Enfatizamos que las medidas de tratamiento al Habitante de Calle en el nuevo Código de Policía eran “discriminatoria”, tal como lo considero la  Corte, derogando la posibilidad de que los Habitantes de la Calle puedan ser trasladados”, señalo Sanguino.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *