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CARTA ABIERTA: SALVATORE MANCUSO NO PRIVE A LAS VÍCTIMAS Y AL PAÍS DE LA VERDAD

Lamentable y desconcertante noticia la deportación a Italia, por parte de las autoridades de justicia de los Estados Unidos, del postulado a la Ley de Justicia y Paz y exintegrante de los grupos Paramilitares o de Autodefensas SALVATORE MANCUSO. Deportación facilitada por un inapropiado e irregular trámite internacional de extradición a Colombia adelantado por el Gobierno Nacional.

Resulta imperativo solicitarle señor SALVATORE MANCUSO, apelando a la disposición que ha hecho pública en diferentes pronunciamientos y ante diversos medios de comunicación, que no prive a la sociedad colombiana, y particularmente a las víctimas, del legítimo derecho A LA VERDAD. Se trata de una exigencia expresa de la Ley 1448 de 2011 o ley de Víctimas, aplicable por expreso mandato de la Ley 1592 de 2012 a los postulados de Justicia y Paz, y según la cual, “(…) Las víctimas, sus familiares y la sociedad en general, tienen el derecho imprescriptible e inalienable a conocer la verdad acerca de los motivos y las circunstancias en que se cometieron las violaciones de que trata el artículo 3° de la presente Ley, y en caso de fallecimiento o desaparición, acerca de la suerte que corrió la víctima, y al esclarecimiento de su paradero.” (Artículo 23 Ley 1448 de 2011).

Señor SALVATORE MANCUSO, en mi calidad de Senador de la República y de ciudadano colombiano, le dirijo esta palabra de confianza, no de juicio, y lo invito a mantener el talante de esa misma palabra y cumplir cabalmente con lo que usted y el grupo armado al que pertenecía asumió como compromiso irrestricto al momento de su desmovilización, que además era y es un imperativo legal del marco jurídico al cual se acogió. En ese sentido, NO PRIVE AL PAÍS, A LAS VÍCTIMAS Y EN GENERAL A LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE LA VERDAD que a usted le corresponde decir, respecto a los hechos y delitos que le fueron imputados y que aceptó en su condición de postulado a Justicia y Paz.

No permita que la historia lo recuerde como quien se apoyó en triquiñuelas jurídicas, o aun, en la incompetencia del actual gobierno en materia de extradición, para socavar el compromiso que libre y voluntariamente asumió al momento de dar ese paso importante de decirle NO a la guerra y abrazar la opción de la paz. Le puedo dar fe, que la apuesta por la PAZ le dará en su

momento no sólo el reconocimiento que merecen quienes le juegan limpio, sino también la posibilidad de seguir construyendo desde otros caminos la Colombia que muchos añoramos.

Si por el momento tiene dudas o reservas sobre dificultades que eventualmente pudiera afectar su actual situación jurídica, y en esa medida la posibilidad de obtener la libertad en Colombia, circunstancia que comprendo, no por ello abandone su palabra y su voluntad de DECIR LA VERDAD.

Si bien, el artículo 56-A de la Ley de Justicia y Paz, que regula el deber a la memoria, contempla que lo concerniente a la verdad judicial obtenida en los procesos de Justicia y Paz se deba sistematizar y dar a conocer, por las mismas autoridades judiciales competentes, a través del Centro Nacional de Memoria Histórica creado por la Ley de Víctimas (Ley 1448 de 2011), bien podría usted cumplir con su compromiso a la VERDAD, acudiendo a la buena disposición que sobre ese derecho a la verdad ha mostrado la actual Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición -CEV-, creada como un mecanismo de carácter temporal y extrajudicial del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, en el marco del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, suscrito entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo FARC –EP. Acuerdo que usted precisamente reconoció e invitó a respetar, tras su esperanzadora conversación con el señor Rodrigo Londoño Echeverri, ex comandante de esa guerrilla, hoy, igual que usted, desmovilizado.

Permítame expresarle, con la misma certeza y confianza, que, en estos precisos momentos, y desde hace varios meses, venimos trabajando con un grupo de congresistas una propuesta seria y transparente de reforma a la Ley 975 de 2005 o Ley de Justicia y Paz, que evite un cierre apresurado y por la puerta de atrás de un proceso de verdad y justicia, tal como al parecer han anunciado algunas autoridades judiciales últimamente. La motivación de este proyecto de ley es lograr que los procesos de justicia transicional implementados alcancen sus objetivos y puedan cerrarse de la manera más satisfactoria posible, pese a los naturales contratiempos que este tipo de procesos acarrean dadas sus obvias complejidades y el universo de casos que les corresponde conocer.

Por otra parte, el interés esencial de la reforma que se pretende, es atender el llamado urgente que hacen tanto los desmovilizados de las autodefensas como las víctimas de aquellos grupos, para que se superen las dificultades y los obstáculos que han impidiendo alcanzar un cierre digno y adecuado del proceso transicional, en donde la apuesta ha de ser la mayor satisfacción

posible en cuanto al cumplimiento de los objetivos propuestos tanto en favor de los derechos de las víctimas como de los mismos desmovilizados.

Como colombiano que quiere la paz, le reitero el llamado señor Mancuso: contribuya usted con su verdad, la verdad que merecen las víctimas y que el país reclama como garantía de no repetición imprescindible para la paz. 

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