El desmonte del Esmad tendrá que esperar al nuevo Congreso con unas mayorías democráticas: Antonio Sanguino
10 de noviembre de 2021
Comisión Accidental sobre minería de carbón realizará Audiencia Pública en el municipio de la Jagua de Ibirico en el Cesar
18 de noviembre de 2021
Honorable Corte Constitucional impidan la ‘Duquelada’: Sanguino y Cifuentes

El congresista de la bancada Verde junto al ex secretario de Transparencia, Gabriel Cifuentes le pidieron a la Corte Constitucional declarar inconstitucional el Artículo 124 de la Ley de Presupuesto que derogó apartes de la Ley de Garantías.

Bogotá D.C., 16 de noviembre de 2021. Tras la aprobación de la Ley de Presupuesto de la vigencia 2022 y sancionada por el Presidente de la República, en la que se agregó la derogación de la Ley de Garantías de cara a las elecciones de 2022, fue presentada una acción para declarar inconstitucional la aprobación del artículo 124 de la Ley de Presupuesto, el cual da lugar a que la nación celebre Convenios Inter administrativos con los entes territoriales en plena época electoral. La acción fue radicada en la Corte Constitucional por el senador de la Alianza Verde Antonio Sanguino y el ex secretario de Transparencia, Gabriel Cifuentes.

Entre los argumentos de la acción que llega a la Corte Constitucional, se explica el objetivo de la prohibición dispuesta en la Ley de garantías y la falta de unidad de materia con la que fue derogada. “La Ley de Garantías es una ley estatutaria, es decir que tiene jerarquía especial, control previo de constitucionalidad y mayorías especiales. Razón por la cual, no puede pretender el ejecutivo y el legislativo modificarla por ley ordinaria como lo es la Ley de Presupuesto”, señala la acción.

Señalan los accionantes, que, si bien en Colombia ya no existe la reelección presidencial, modificar la denominada Ley de Garantías ad portas de un año electoral es inconstitucional e inconveniente, dado que se abre una delicada puerta a intereses que buscan mediante la contratación pública favorecer a diversos candidatos durante la contienda electoral del 2022.

Cabe resaltar, que la misma jurisprudencia de la Corte, determina que solo puede ser parte de la Ley de Presupuesto la evaluación de ingresos, partidas de gastos y las disposiciones necesarias para la ejecución del presupuesto, todo esto lejos de un tema como la Ley de Garantías, la cual tiene como objetivo garantizar la igualdad electoral entre los candidatos. “Lo que se hizo con el artículo 124 que derogó la Ley de Garantías y permite que la Nación celebre convenios interadministrativos con los entes territoriales, desconoce el trámite legislativo de las leyes, viola la regla de unidad de materia y evidencia la falta de conexidad objetiva y razonable con lo dispuesto en la norma que regula la vigencia fiscal para el 2022”, señaló Sanguino.

Por su parte, Gabriel Cifuentes señaló que debe declararse la inconstitucionalidad del artículo 124 por ser un orangután. “Lo que hizo el Presidente Duque al darle vía libre a la ley de presupuesto con la derogación de la ley de garantías, es meterle un mico del tamaño de ‘king Kong a los colombianos, pues, son 4 billones con los que podrán hacer convenios Inter Administrativos en época electoral”

Finalmente, la acción jurídica que será estudiada por la Corte Constitucional y en la cual los accionantes esperan tener un pronunciamiento antes de dar inicio a la contienda electoral, señala que los votos para su aprobación en la Plenaria del Senado son insuficientes al ser la Ley de Garantías una ley estatutaria y no una ordinaria, como lo fue la Ley de Presupuesto. “En la sesión plenaria del 19 de octubre para la aprobación del artículo que modificada la Ley de Garantías en su artículo 38, se registraron 54 a favor y 30 en contra. Pero al revisar la votación solo se escuchan en audio 48 votos a favor. El art 124 requería para su aprobación mayoría absoluta (Art153CN), lo que evidenciar vicios en el procedimiento y con ello la inconstitucionalidad del artículo,” concluyó Sanguino.

Comments are closed.